Visados
Visado de estadía corta
Los ciudadanos sujetos al régimen de visa que viajan a Europa con fines turísticos o por negocios, pueden solicitar una visa de corta estadía (90 días máximo) para toda el área Schengen. La duración total de la estadía no puede ser superior a los 90 días por semestre (seis meses).
La visa se solicita en la misión diplomática del país donde va a pasar más tiempo. Si su estadía en cada país es parecida, usted debe solicitar la visa en la Embajada del país de su primera entrada.
Los ciudadanos costarricenses, hondureños, salvadoreños y panameños no necesitan visa. Ellos viajan con un pasaporte que tenga la vigencia mínima de tres meses después de haber salido del área Schengen y se recomienda llevar ciertos requisitos.
Los consulados honorarios en Tegucigalpa, San Salvador y Ciudad de Panamá no emiten visas Schengen. Si usted es residente en uno de estos países y requiere de una visa, puede consultar en el consulado cuál embajada aceptará su solicitud de visa.
Requisitos visa Schengen de estadía corta
- 1 formulario de solicitud
- 2 fotos tamaño pasaporte
- Pasaporte con vigencia mínima de 90 días después de salir del área Schengen.
- Cédula de identidad costarricense con la residencia legal (vigencia mínima de 3 meses después de salir del área Schengen)
- Reservación del boleto aéreo ida y vuelta (el boleto aéreo original se tiene que mostrar al momento de recoger el pasaporte con la visa)
- Reservación del hotel
- Pruebas de medios financieros para emprender el viaje (estados de cuenta originales del banco o copias selladas por el banco de los últimos tres meses)
- Carta de invitación (elaborada en la municipalidad de la ciudad donde reside la persona que invita)
- Seguro internacional de viaje, accidentes y gastos médicos, válido para Europa con una cobertura mínima de EUR 30.000,00
- Constancia salarial o certificado del empresario, en el que se mencionan los datos personales, el tipo de trabajo y la duración del contrato, así como un comprobante de ingresos y orden patronal.
Se pueden exigir otros documentos o pruebas suplementarias en casos concretos. Los menores de edad deben presentar una autorización escrita de los padres o su representante legal.
La solicitud de cualquier tipo de visa es personal y se recomienda hacerla
mínimo 2 semanas antes del viaje. La solicitud de una visa no significa el
otorgamiento automático de ésta. En el caso de que se modifique con
posterioridad el motivo del viaje o la duración del mismo, es necesario
solicitar una nueva visa.
La visa se cancela en efectivo y en colones únicamente al momento de la
solicitud. No existe devolución del monto.
Visa para Aruba y las Antillas Holandesas
La Embajada del Reino de los Países Bajos también emite visas para las personas que quieren viajar a Aruba o las Antillas Holandesas. Solo se emiten visas de turismo por un máximo de 30 días. Las personas que por trabajo u otra razón planifican una estadía mayor a los 30 días, tienen que solicitar permiso con las autoridades competentes de la isla correspondiente. Los ciudadanos costarricenses, hondureños, salvadoreños y panameños no necesitan visa para Aruba o las Antillas. Las visas para Aruba o las Antillas también se tramitan en los consulados honorarios de Tegucigalpa, San Salvador y Ciudad de Panamá. Sin embargo, la decisión sobre la visa se hace en la embajada en San José. Por lo tanto, el trámite pueda durar hasta 4 semanas. Los pasajeros de cruceros que visitan las islas y no permanecen más de 48 horas en cada isla no necesitan visa.
Requisitos para visa a Aruba o las Antillas Holandesas
- 1 formulario de solicitud
- 2 fotos tamaño pasaporte
- Pasaporte válido (mínimo 90 días) y una copia
- Cédula de residencia legal
- Reservación del boleto aéreo ida y vuelta
- Reservación del hotel
- Seguro internacional de viaje, accidentes y gastos médicos, válido para Europa con una cobertura mínima de EUR 30.000,00
- Prueba del motivo del viaje, por ejemplo, invitación oficial de un familiar con prueba de suficiente solvencia, empresa u organización, reservación confirmada en hoteles, programa del viaje emitido por la agencia de viajes, etc.
- Prueba de suficientes medios económicos para realizar una visita de turismo o de negocios, mediante estados de cuenta bancaria de los últimos tres meses (original o copia sellada por el banco), reserva o voucher de hotel, carta de garantía o de invitación (con firma legalizada por la municipalidad de la ciudad donde reside la persona garante o invitador, copia de su pasaporte y prueba de suficientes ingresos), carta de la empresa que invita, y copia del contrato de trabajo.
- Constancia salarial donde se mencione el tipo de trabajo, la duración del contrato, ingresos y orden patronal. Debe mencionar también la continuación de la relación laboral después del regreso de vacaciones del solicitante.
En el caso de que el solicitante viaje a otros países después de las Antillas
Holandesas, debe demostrar que su entrada al próximo lugar de destino o Costa
Rica está autorizada (por ejemplo, cédula costarricense o cédula de residencia
de Costa Rica si es extranjero, etc.)
Otros documentos o pruebas suplementarias se pueden exigir en casos concretos.
En el caso de menores de edad, se debe presentar por escrito una autorización de
los padres o su representante legal, con copias de los pasaportes o cédulas de
los padres o su representante legal.
La solicitud de cualquier tipo de visa es personal y se recomienda hacerla
mínimo 2 semanas antes del viaje. La solicitud de una visa no significa el
otorgamiento automático de ésta.
En el caso de que se modifique con posterioridad el motivo del viaje o la
duración del mismo, es necesario solicitar una nueva visa.